Registro de salarios por sexo
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Hace unas semanas explicamos cómo llevar un control sobre el famoso registro de jornada de los trabajadores. Menos conocido es el registro de salarios por sexo, sin embargo no por ello las empresas deben dejar de cumplir con esta obligación.
En este post comentamos brevemente la obligación para todas las empresas, independientemente del número de trabajadores/as, de llevar un registro de salarios por sexo. Obligación establecida en el Real Decreto-Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Una modificación importante que introduce este Real Decreto – Ley 6/2019 es la del artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores.
A continuación veremos con mayor detalle en qué consiste el registro de salarios por sexo.
¿Qué empresas están obligadas a llevar un Registro de Salarios por sexo?
TODAS las empresas, independientemente del número de empleados.
Todas las empresas deben de llevar un registro de los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, diferenciados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
¿Qué contiene el Registro de Salarios por sexo?
Los factores que deberán tenerse en cuenta en el Registro de Salarios por Sexo son:
- Valores medios de los salarios,
- los complementos salariales,
- y las percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
Además, cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores, el promedio de las retribuciones de los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, el empresario deberá incluir en el Registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras.
Hay que remarcar que se debe de hacer la comparativa por puestos de igual valor, que no es lo mismo que de igual categoría profesional.
Factores a tener en cuenta para determinar que dos trabajos tienen el mismo valor:
Para considerar que dos trabajos tienen el mismo valor, se tendrá en cuenta la equivalencia de estos factores:
- La naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas.
- Las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio.
- Los factores estrictamente relacionados con su desempeño.
- Y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo.
Por último, decir que los empleados y empleadas tienen derecho a acceder al registro salarial a través de la Representación legal de los trabajadores. Y en ausencia de éstos, directamente ellos mismos.
También tiene que estar a disposición de la Inspección de Trabajo en caso de ser requerido.
El equipo de Borja Astecofis quiere que evites cualquier sanción como empresario. Por ello, te mantenemos al día de las novedades legales que afectan a tu empresa y te ofrecemos la posibilidad de preparar la documentación pertinente para cumplir con el Registro de Salarios por sexo.
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