LAS EMPRESAS SEGUIRÁN COTIZANDO A LA SEGURIDAD SOCIAL POR EL TRABAJADOR QUE DISFRUTE DEL PERMISO PARENTAL DE OCHO SEMANAS
- Posted by Borja | Astecofis
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LAS EMPRESAS SEGUIRÁN COTIZANDO A LA SEGURIDAD SOCIAL POR EL TRABAJADOR QUE DISFRUTE DEL PERMISO PARENTAL DE OCHO SEMANAS
Tal y como hemos informado en anteriores artículos, los trabajadores pueden disfrutar de un permiso de ocho semanas al año hasta que los hijos cumplan 8 años, pero ahora somos conocedores de que las empresas deberán seguir asumiendo el coste de las cotizaciones de sus trabajadores/as cuando éstos disfruten de este nuevo permiso parental, aunque este periodo no sea remunerado. Así lo ha establecido la Seguridad Social en su boletín RED, el 22 de enero del 2024.
La aclaración de la Seguridad Social sobre si este permiso no retribuido “hoy por hoy,” (excepto si el convenio colectivo de aplicación establece otra cosa), se ha producido casi siete meses después de su entrada en vigor, y pese a no ser retribuido, se mantiene su cotización a la Seguridad Social durante ese periodo.
Además, como bien se redactó en el art 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, BOE de 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023 y como antedecíamos en párrafo anterior, el permiso de ocho semanas adicionales no será retribuido.
Al no ser retribuido, se esperaba que no hubiere obligación de cotizar por esos días de permiso, pero la Seguridad Social acaba de señalar que las empresas deberán seguir abonando las cotizaciones de estos empleados, pero que, no obstante, se reducirá su cotización a la base mínima durante sus dos meses de duración.
La Seguridad Social ha indicado en su boletín red, que este permiso “exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo, pero no por ello pierde la naturaleza de permiso y, en consecuencia, la obligación de cotizar”.
También señala que “para las contingencias comunes se tomará como base de cotización la mínima correspondiente en cada momento al grupo de la categoría profesional del trabajador y para las contingencias profesionales la base de cotización estará sujeta a los topes mínimos establecidos”.
A pesar de ello, teniendo en cuenta que estos permisos pueden ser flexibles y pueden disfrutarse de diferentes modos: a tiempo parcial, por días sueltos, o semanas alternas… queda mucha información a detallar ya que Seguridad Social todavía no ha aclarado qué ocurre en estos supuestos, no da información acerca de cómo se debería de cotizar en estos casos.
Es en este mes de enero de 2024, tras siete meses desde su entrada en vigor, cuando se ha indicado el tratamiento de este permiso en los casos en los que el trabajador/a lo solicita a tiempo completo. Es decir que, las ocho semanas que se contemplan para cuidar de los hijos hasta que éstos cumplen ocho años, entendemos se repartan en días completos y no en medias jornadas o por horas.
Pero, nos preguntamos, ¿qué ocurre cuando, por ejemplo, el asalariado disfruta de las ocho semanas a tiempo parcial o en periodos alternos?, ¿cómo se tiene que tramitar y cotizar?, ¿se debería dar de alta y baja en cada periodo, cotizando la parte correspondiente y remunerando las semanas en las que se trabaje? y, ¿cómo se informa esa parcialidad a la Tesorería General de la Seguridad Social? Todavía no nos indican cómo tramitar estas casuísticas y, teniendo en cuanta el tiempo que han tardado en pronunciarse al respecto, solo esperamos que esta vez lo hagan con mayor premura y así podamos ser conocedores de cómo tramitar las diferentes posibilidades que ya se están produciendo en el caso del permiso que nos ocupa, el permiso parental de ocho semanas.
Lo cierto es que todo esto conlleva un sobrecoste de gestión ya que, en muchos casos, se tiene que contratar a otro trabajador para sustituir al que disfruta del permiso y esto se realiza sin ningún tipo de bonificación orientada a los costes de Seguridad Social y, por tanto, las empresas deben seguir cubriendo la Seguridad Social del trabajador que solicita el permiso y la de aquel que ha contratado para sustituirlo, produciéndose un aumento de costes salariales para estas.
Estaremos atentos a cualquier novedad informativa al respecto, para poder actualizar toda la información.