Novedades en el calendario del contribuyente para 2017
- Posted by Borja | Astecofis
- Posted in Fiscal
La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para 2017.
En este artículo hemos querido facilitaros las principales fechas y novedades más importantes que se introducen para este año.
Principales novedades en el calendario del contribuyente para 2017:
La novedad más importante en 2017 es la desaparición del programa PADRE para la presentación de la declaración de la renta. A partir de este año todas las declaraciones se realizarán a través del sistema Renta Web que sustituye al programa PADRE.
Este nuevo sistema Renta Web es un servicio online que la Agencia Tributaria ha puesto a disposición del contribuyente facilitando la confirmación de la declaración a través de dispositivos móviles.
Otra de las novedades que se destacan en el calendario fiscal 2017 es la implantación de un nuevo servicio de llevanza de libros contables a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Este servicio se conoce como Sistema de Información Inmediata (SII) que se pondrá en marcha a partir del 1 de julio del 2017 y será obligatorio para aquellos empresarios profesionales y otros sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural, es decir, se aplicará para aquellas grandes empresas cuya facturación sea superior a 6.010.121,04 euros en el año anterior, para los grupos de IVA e inscritos en el Registro de devolución mensual del IVA (REDEME) .
No obstante, los contribuyentes que no estén obligados a acogerse a este sistema podrán hacerlo de forma voluntaria solicitándolo a través del modelo 036 en el mes de noviembre anterior al inicio del ejercicio en que deba surtir efecto o al presentar la declaración de comienzo de actividad. Esta opción se entenderá prorrogada para los años siguientes mientras no se renuncie a su aplicación.
Aquéllos contribuyentes que utilicen el SII no tendrán que presentar los siguientes modelos: 347 “Declaración de operaciones con terceras personas”, 340 “Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones” y 390 “Declaración-resumen anual del IVA”.
En 2017 se presentarán por primera vez los siguientes modelos:
Modelo 217: Gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación” (SOCIMI): dos meses desde el día del acuerdo de distribución de beneficios.
Modelo 231: Declaración de información país por país”: doce meses siguientes a la finalización del período impositivo.
Modelo 289: “Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua”, a presentar por instituciones financieras desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. Este modelo sustituye al modelo 299 que sólo para el 2016, se presentará exclusivamente para los residentes en Aruba y San Martín.
Modelo 364: «IVA. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado».
Modelo 365: «IVA. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado».
Modelo 589: “Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Autoliquidación y pago fraccionado”. Desde el 1 al 20 de abril.
También se ampliará el plazo de presentación del modelo 290 “declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses” (FATCA), desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo.
Fechas más destacadas en el calendario fiscal para 2017:
Entre las fechas más destacadas en el calendario del contribuyente para 2017, como todos los años, la campaña de la renta comenzará el 5 de abril y terminará el 30 de junio, las autoliquidaciones del IVA y las declaraciones de bienes en el extranjero.
Por último, os informamos que la AEAT ha puesto a disposición el calendario del contribuyente de 2017 en formato “icalendar” que facilita incorporar los vencimientos de plazos fiscales al calendario personal de Google Calendar, aquí os dejamos el enlace a la web de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con las instrucciones para la descarga del calendario del contribuyente.
Esperamos que os haya servido de ayuda este artículo y como siempre podéis consultarnos sin compromiso a través del siguiente formulario de contacto: