Principales novedades en materia fiscal para 2017
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En el artículo anterior, os informamos sobre las novedades en materia de cotizaciones a la Seguridad Social. Hoy os informamos sobre las principales novedades en materia fiscal incluidas en la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado:
Novedades en materia fiscal para 2017
Se introducen modificaciones en el impuesto sobre el IVA, SOCIEDADES e HIDROCARBUROS:
- Modificaciones en la Ley del IVA:
Las modificaciones introducidas en el Impuesto de Valor Añadido tendrán efectos a partir del 26 de junio de 2017:
– Quedan exentas en operaciones interiores las monedas de colección entregadas por su emisor por un importe no superior al valor facial.
– Se modifica el tipo impositivo que pasa del 21% al 10% en los siguientes productos y servicios:
a) adquisiciones intracomunitarias o importaciones de las monturas de gafas graduadas .
b) «servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiestas, barbacoas u otros análogos».
c) entradas a teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo.
2. Modificaciones en la Ley del IMPUESTO sobre SOCIEDADES.
En el Impuesto sobre sociedades se introducen las siguientes novedades en materia fiscal:
– Para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2017, se modifica la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales.
– En cuanto a las producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales, se elevan los porcentajes de deducción, permite al órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma con competencia en la materia emitir el certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural de su contenido. Eleva el límite conjunto que no puede superar el importe de la deducción en determinados supuestos.
– Eleva el porcentaje de deducción de los gastos realizados en territorio español en ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales, que será del 20%. Eleva el límite de los gastos de personal creativo a 100.000 euros por persona. Establece que el importe de esta deducción no podrá ser superior a 3 millones de euros, por cada producción realizada.
3. Novedades en materia fiscal sobre el IMPUESTO de HIDROCARBUROS.
– Devolución parcial por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería:
Con efectos desde 1 de julio de 2016 se reduce el importe de las cuotas a devolver, siendo el tipo aplicable de 63,71 € por 1.000 litros.
Para cualquier consulta o aclaración pueden ponerse en contacto con el departamento fiscal de Borja- Astecofis.